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Baterías que cumplen con la NDAA

Las baterías conformes con la NDAA son soluciones de alimentación para el sector de la defensa que se adquieren y producen de acuerdo con los requisitos de adquisición de baterías establecidos en la Ley de Autorización de la Defensa Nacional (NDAA). El cumplimiento puede abarcar el montaje final, los fabricantes de baterías y celdas, la condición de «entidad extranjera de interés» (FEOC), el abastecimiento de componentes funcionales de las celdas, los umbrales basados en los costes y la concesión de licencias tecnológicas.

Esta guía técnica aborda la trazabilidad de la cadena de suministro, la aplicación del DFARS, las normas de preferencia nacional, las entidades sujetas a restricciones, los requisitos relativos al origen de los materiales y la cualificación técnica.

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Fabricantes de baterías que cumplen con la NDAA

Sila Nanotechnologies
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Tecnología innovadora de baterías de iones de litio y silicio para aplicaciones militares, de defensa y de seguridad de importancia crítica

Galvion
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Soluciones de energía militar y sistemas de cascos balísticos

Tulip Tech
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Tecnologías de baterías de densidad energética ultraalta para drones y sistemas no tripulados militares y gubernamentales

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Baterías conformes con la NDAA: Guía de adquisiciones de defensa

William Mackenzie

Actualizado:

Introducción a las baterías que cumplen con la NDAA

La adquisición de baterías para los sistemas militares y de defensa de EE. UU. está avanzando hacia un escrutinio mucho más exhaustivo de la cadena de suministro. Las recientes Leyes de Autorización de Defensa Nacional (NDAA) abordan no solo el lugar de montaje de una batería, sino también las entidades implicadas en la producción, el origen de los componentes funcionales de las celdas, la propiedad y el control, así como las licencias tecnológicas utilizadas en la producción de baterías y celdas avanzadas.

Por lo tanto, el cumplimiento de la NDAA en materia de baterías depende de algo más que la ubicación final de fabricación. Los requisitos aplicables varían en función de la batería, el programa de adquisición, el contrato o acuerdo, la cadena de suministro de componentes y las entidades implicadas. Pueden aplicarse otras normas federales y del Departamento de Defensa (DoD) en materia de aprovisionamiento, junto con las disposiciones específicas de la NDAA relativas a las baterías, lo que hace que la trazabilidad sea cada vez más importante a lo largo de toda la cadena de suministro de baterías para la defensa.

Requisitos de adquisición de baterías de la NDAA

Varias NDAA sucesivas regulan actualmente la adquisición de baterías para la defensa. La NDAA del ejercicio fiscal 2024 introdujo restricciones sobre las baterías producidas por fabricantes específicos; la NDAA del ejercicio fiscal 2025 estableció requisitos para una estrategia de baterías a nivel de todo el departamento; y la NDAA del ejercicio fiscal 2026 creó un marco legal más amplio para las baterías y celdas avanzadas.

Baterías de Galvion que cumplen con la NDAA

Batería SoloPack de Galvion, conforme a la NDAA.

NDAA del ejercicio fiscal 2024, sección 154

A partir del 1 de octubre de 2027, la sección 154 prohíbe que los fondos del Departamento de Defensa se destinen o se gasten en la adquisición de baterías fabricadas por CATL, BYD, Envision Energy, EVE Energy, Gotion High-Tech, Hithium Energy Storage Technology o sus sucesores. Se considerará que una batería ha sido fabricada por una de estas entidades si dicha entidad ensambla o fabrica el producto final, o bien crea o suministra de cualquier otra forma la mayoría de los componentes utilizados en la batería. El Secretario de Defensa podrá eximir del cumplimiento de esta restricción.

Por lo tanto, la disposición va más allá de la marca que figure en la batería acabada. El hecho de que el fabricante del paquete sea otro no elimina necesariamente las preocupaciones derivadas de la sección 154 cuando una entidad incluida en la lista ensamble o fabrique el producto final o suministre la mayoría de los componentes de la batería.

Estrategia sobre baterías de la NDAA para el ejercicio fiscal 2025

El artículo 883 de la NDAA para el ejercicio fiscal 2025 exige una estrategia de baterías para todo el Departamento de Defensa que aborde los riesgos de la cadena de suministro, la disminución de la capacidad de fabricación, la escasez de materiales, las baterías heredadas, la normalización, los ensayos y la certificación, así como los requisitos futuros. Asimismo, exige un inventario de las baterías avanzadas utilizadas en aplicaciones actuales y futuras, incluidas las baterías obsoletas de los sistemas existentes.

Esta disposición se centra principalmente en la estrategia de baterías para la defensa y en la resiliencia de la base industrial, más que en establecer una prohibición de abastecimiento o un porcentaje de adquisición específicos. No obstante, refuerza la transición general hacia una adquisición de baterías coordinada, trazable y resiliente.

NDAA del ejercicio fiscal 2026, artículo 842

El artículo 842 de la NDAA del ejercicio fiscal 2026 añadió el artículo 10 U.S.C. § 4865. Exige al Secretario de Defensa que adquiera baterías y celdas avanzadas cuyos componentes funcionales y tecnología —ya sea que se adquieran como productos finales o estén integrados en sistemas de combate y de apoyo— no sean propiedad de, ni procedan de, ni sean refinados o producidos por una entidad extranjera que suscite preocupación.

Este requisito es independiente de la plataforma. Puede aplicarse a todos los sistemas y equipos de defensa siempre que se adquiera una batería o célula avanzada incluida en el ámbito de aplicación en el marco de una adquisición cubierta, sin limitarse a los sistemas no tripulados ni a ningún otro sector tecnológico concreto.

Calendario de cumplimiento de la NDAA en materia de baterías

Las principales fechas de aplicación se refieren a distintos requisitos legales. Por lo tanto, deben considerarse por separado, en lugar de tratarse como un único plazo de cumplimiento.

Fecha de entrada en vigor Requisito
1 de octubre de 2027 Restricción prevista en el artículo 154 de la NDAA del ejercicio fiscal 2024 sobre las baterías producidas por las seis entidades especificadas o sus sucesoras.
1 de enero de 2028 El artículo 10 U.S.C. § 4865 se aplica a los nuevos programas de adquisición.
1 de enero de 2029 El artículo 10 U.S.C. § 4865 se aplica a las baterías estándar.
30 de enero de 2031 El artículo 4865 del título 10 del Código de los Estados Unidos (10 U.S.C. § 4865) se aplica a los programas de adquisición existentes.

El artículo 842 se aplica únicamente a los contratos u otros acuerdos celebrados con posterioridad al 18 de diciembre de 2025. Los programas de adquisición nuevos y existentes se distinguen en función de si habían alcanzado la fase de desarrollo de ingeniería y fabricación, el hito B o un punto de decisión equivalente antes de la entrada en vigor de la ley. Se define como batería estándar aquella que se utiliza en más de un sistema de armas y que no está gestionada por un único responsable de adquisiciones de cartera.

Estas fechas escalonadas establecen distintos períodos de transición para los nuevos programas, los tipos de baterías comunes y los programas de adquisición ya establecidos.

Entidades extranjeras de interés

El artículo 842 utiliza la definición de «entidad extranjera de interés» (FEOC, por sus siglas en inglés) recogida en el artículo 18741(a) del título 42 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.) e incluye expresamente a las entidades especificadas en el artículo 154 de la NDAA del ejercicio fiscal 2024. La definición subyacente va más allá de una simple lista de fabricantes de baterías y puede abarcar a entidades extranjeras en función de factores como la propiedad, el control, la jurisdicción o la dirección de un país afectado, la situación en materia de sanciones y determinadas decisiones relacionadas con la seguridad nacional.

Por lo tanto, el cumplimiento de los requisitos relativos a las FEOC exige algo más que comprobar el nombre del proveedor directo de baterías. Las relaciones relevantes en fases más tempranas de la cadena de producción de celdas, el abastecimiento de componentes y la concesión de licencias tecnológicas pueden afectar a la situación de cumplimiento.

Componentes funcionales de las celdas y la regla del 95 por ciento

El artículo 842 define los componentes funcionales de las celdas de tal manera que incluyen materiales catódicos, materiales anódicos, separadores, láminas anódicas y otros materiales funcionales que contribuyen a los procesos químicos necesarios para el almacenamiento de energía. La definición incluye específicamente disolventes, aditivos, sales electrolíticas y dispositivos de seguridad internos.

Esta definición sitúa el abastecimiento a nivel de componentes en el centro del nuevo marco, en lugar de basarse únicamente en el país en el que se ensambla el paquete de baterías acabado.

Umbral de cumplimiento basado en los costes

La ley establece una vía de cumplimiento en materia de origen y producción siempre que se cumplan tres condiciones. El montaje final debe ser realizado por una entidad distinta de un FEOC; los componentes funcionales de la célula que representen más del 95 % de los costes de todos los componentes funcionales de la célula deben proceder de fuentes distintas de un FEOC; y la batería o la célula deben fabricarse sin tecnología licenciada por un FEOC.

Por lo tanto, el umbral del 95 % se basa explícitamente en el coste. No se calcula a partir de la masa de la batería, el peso de los materiales, el volumen, el contenido mineral ni el porcentaje de piezas individuales que proceden de fuentes que cumplen los requisitos.

Reciclaje y reprocesamiento nacionales

A efectos del cálculo del 95 %, el artículo 842 establece que un material o componente procedente de una entidad que haya sido reciclado y reprocesado a nivel nacional se considera originario de dicha entidad, independientemente de su fuente original.

Por lo tanto, el reciclaje nacional puede afectar al cálculo legal del origen, aunque siguen siendo de aplicación las condiciones específicas relativas al montaje final y a la tecnología autorizada por un FEOC cuando se recurre a esta vía de cumplimiento en materia de origen y producción.

Baterías de Tulip Tech que cumplen con la NDAA

Paquetes de baterías Osiris del fabricante de baterías Tulip Tech, que cumple con la NDAA.

Fabricación de celdas y montaje final

El artículo 842 no impone un requisito general de que todas las celdas conformes deban fabricarse en los Estados Unidos. Su vía expresa de cumplimiento en materia de origen y producción se centra en el montaje final sin participación de la FEOC, el umbral del 95 % o más del coste de los componentes funcionales y la producción sin tecnología con licencia de la FEOC.

Una célula fabricada fuera de Estados Unidos no deja de cumplir automáticamente los requisitos por el mero hecho de su lugar de fabricación. Por el contrario, el montaje de células o paquetes en Estados Unidos no garantiza automáticamente el cumplimiento cuando en la cadena de suministro persisten el abastecimiento de componentes prohibidos, la participación de FEOC o la concesión de licencias tecnológicas.

Esta distinción también permite que las cadenas de suministro aliadas que cumplan los requisitos y otras cadenas de suministro no FEOC sigan siendo pertinentes, sin perjuicio de cualquier preferencia nacional adicional o de los requisitos específicos del contrato que rijan la adquisición.

Cumplimiento más allá del fabricante de baterías

La situación a nivel del fabricante por sí sola no es suficiente para establecer todos los hechos exigidos por el artículo 4865. El marco legal abarca el montaje final, los componentes funcionales de las celdas y la tecnología de las baterías, lo que puede requerir una visibilidad que vaya más allá del fabricante del paquete de baterías y se adentre en la cadena de suministro subyacente de las celdas.

Por lo tanto, un historial de cumplimiento defendible puede incluir las siguientes pruebas:

  • Procedencia de las baterías y las celdas: identificación de los ensambladores de paquetes, los fabricantes de celdas y las entidades de fabricación pertinentes.
  • Origen de los componentes funcionales: trazabilidad de cátodos, ánodos, separadores, láminas, electrolitos, sales, aditivos y dispositivos de seguridad internos.
  • Información sobre costes: registros que respalden el cálculo del coste de los componentes funcionales no FEOC, que debe superar el 95 %.
  • Evaluación de entidades: verificación de la propiedad, el control, las relaciones de sucesión y la situación aplicable en materia de FEOC.
  • Documentación tecnológica: información relativa a la tecnología de producción y a los acuerdos de licencia pertinentes.
  • Control de la configuración: reevaluación cuando se produzcan cambios en las celdas, los materiales, los proveedores, las ubicaciones de fabricación, la titularidad o la tecnología licenciada.

Estos controles aportan pruebas sustancialmente más sólidas que una mera declaración general del fabricante.

Exclusiones y exenciones de la sección 842

La sección 842 excluye las baterías o celdas adquiridas para teléfonos móviles, ordenadores portátiles, dispositivos electrónicos personales y equipos médicos destinados a entornos de oficina, administrativos, hospitalarios o no bélicos. También excluye las baterías comerciales disponibles en el mercado que se utilicen únicamente para el mantenimiento de equipos, así como las baterías adquiridas para la investigación, el desarrollo, las pruebas y la evaluación del Departamento de Defensa (DoD).

El Secretario de Defensa también podrá conceder una exención de un año para un sistema o una batería específicos cuando no sea posible obtener productos conformes satisfactorios en cantidad suficiente, cuando sea necesario, a un coste razonable. Se aplica un fundamento de exención distinto a determinadas baterías integradas que no son elementos funcionales que permitan la capacidad operativa y no presentan ningún riesgo de seguridad ni de abastecimiento. El Secretario podrá delegar esta facultad de concesión de exenciones únicamente en el Subsecretario de Defensa para Adquisiciones y Mantenimiento.

Se trata de exclusiones legales definidas y de mecanismos de exención, y no de exenciones generales de la verificación de la cadena de suministro.

Restricciones adicionales en materia de adquisiciones de defensa

El cumplimiento de los requisitos de la NDAA en materia de baterías se aplica junto con otros requisitos de adquisición federales y del Departamento de Defensa. El cumplimiento de la sección 154 o del artículo 4865 no implica el cumplimiento de todas las restricciones que puedan aplicarse a la batería, a sus componentes o al sistema de defensa en su conjunto.

Sección 805 y sección 1260H

La sección 805 de la NDAA del ejercicio fiscal 2024 establece restricciones específicas relacionadas con las entidades designadas en virtud de la sección 1260H y las entidades sujetas a su control. La prohibición de contratación directa entró en vigor el 30 de junio de 2026. Una prohibición más amplia sobre bienes y servicios entrará en vigor el 30 de junio de 2027 para los contratos que incluyan bienes o servicios producidos o desarrollados por las entidades afectadas, incluso a través de la contratación indirecta. La ley incluye excepciones importantes, entre ellas las relativas a los componentes tal y como se definen en la legislación federal sobre contratación pública, por lo que la disposición de 2027 no debe interpretarse como una prohibición sin restricciones de todos los componentes de las fases iniciales de la cadena de suministro de defensa.

Normas «Buy American» y de «países que cumplen los requisitos»

Los requisitos «Buy American» del Departamento de Defensa (DoD) aplican una prueba independiente relativa al producto final nacional. En el caso de los productos finales manufacturados pertinentes, el DFARS vigente exige, en general, que la fabricación se realice en EE. UU., junto con el umbral de coste de los componentes procedentes de EE. UU. y de países cualificados, que es del 65 % para las entregas comprendidas entre 2024 y 2028 y del 75 % a partir de 2029, con sujeción a las excepciones y disposiciones contractuales aplicables.

Estos porcentajes son independientes de la prueba de coste de los componentes de las células funcionales no FEOC superior al 95 %, prevista en la sección 842.

Metales especiales y materiales regulados

El artículo 10 U.S.C. § 4863 restringe el uso de determinados metales especiales en ciertos productos finales y componentes de defensa, mientras que el artículo § 4872 abarca materiales como determinados imanes permanentes, el tungsteno, el tantalio y el molibdeno. En función de la construcción de la batería y del producto final en su conjunto, estas disposiciones pueden introducir requisitos específicos en cuanto al origen de los materiales.

Trabajo forzoso y controles de importación

Los controles federales de importación pueden restringir la entrada de mercancías cuando las cadenas de suministro impliquen prácticas prohibidas de trabajo forzoso o entidades sujetas a restricciones de importación aplicables. Por lo tanto, los minerales, materiales y componentes de las baterías pueden estar sujetos a requisitos de elegibilidad para la importación independientes de su situación con respecto a la NDAA.

La cualificación técnica sigue siendo independiente del cumplimiento de la NDAA

El cumplimiento de la NDAA se refiere a la elegibilidad del abastecimiento. No establece el rendimiento eléctrico, la seguridad, la idoneidad medioambiental, la interoperabilidad ni la cualificación para un sistema militar.

Las baterías de defensa pueden requerir, por separado, una cualificación en cuanto a temperatura, golpes, vibraciones, altitud, inmersión, compatibilidad electromagnética, seguridad en el transporte, comportamiento térmico, carga, vida útil de almacenamiento y otras condiciones de misión. La sustitución de una célula restringida también puede afectar a la calibración del sistema de gestión de la batería (BMS), al comportamiento del voltaje, al embalaje, a la gestión térmica, al software y a la certificación de seguridad.

Por lo tanto, una batería de recambio que cumpla con la normativa sigue requiriendo los trabajos de ingeniería y cualificación adecuados para el sistema militar en cuestión.

Preparación para la transición hacia el cumplimiento normativo entre 2027 y 2031

Las fechas reglamentarias escalonadas ofrecen tiempo para el análisis de la cadena de suministro y la transición de proveedores; sin embargo, el rediseño o la sustitución de baterías militares puede requerir un importante trabajo de ingeniería. Los programas existentes pueden depender de celdas que no pueden sustituirse sin modificar las características de potencia, la carga, el diseño térmico, la integración mecánica o la homologación.

Los nuevos programas deberán cumplir los requisitos del artículo 4865 a partir de enero de 2028, seguidos de las baterías estándar en 2029 y de los programas de adquisición existentes en 2031. Los programas pueden aprovechar este período de transición para identificar las fuentes de suministro de celdas y componentes, determinar las dependencias de los FEOC, establecer datos sobre los costes de los componentes funcionales, homologar alternativas y gestionar el inventario heredado.

El cumplimiento también exige una supervisión continua. Los cambios de propiedad, las nuevas fuentes de componentes, las transferencias de fabricación, los acuerdos de licencia o los cambios en la condición de entidad restringida pueden alterar la situación de cumplimiento, incluso cuando una batería conserve el mismo número de referencia comercial.

Aplicación del DFARS

El artículo 842 ordenaba al Secretario de Defensa que revisara el DFARS en un plazo de 180 días a partir de su promulgación para incorporar el artículo 4865. El plazo legal de aplicación era el 16 de junio de 2026. La propia ley establece los requisitos de abastecimiento por fases y se aplica únicamente a los contratos u otros acuerdos celebrados a partir del 18 de diciembre de 2025.

El caso DFARS 2024-D011 aborda ahora la aplicación tanto de la sección 154 de la NDAA del ejercicio fiscal 2024 como de la sección 842 de la NDAA del ejercicio fiscal 2026. La actual Agenda Unificada de 2026 sigue incluyendo el caso en la fase de propuesta de norma, mientras que el 1 de octubre de 2027 sigue siendo la fecha de entrada en vigor legal de la prohibición del artículo 154.

Por lo tanto, los contratistas de defensa y los equipos de adquisición deben tener en cuenta tanto los requisitos legales promulgados como las cláusulas, declaraciones, repercusiones y procedimientos del DFARS aplicables a cada licitación o contrato concreto a medida que avance la aplicación de la normativa.

Adquisición de baterías conforme a la NDAA

El cumplimiento normativo en materia de baterías para la defensa está pasando de una evaluación del producto acabado a la trazabilidad a lo largo de toda la cadena de suministro de las baterías. El artículo 154 restringe las baterías producidas por entidades específicas, mientras que el artículo 842 y el artículo 4865 del título 10 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.) amplían el análisis a los componentes funcionales de las celdas, la participación de los fabricantes de equipos originales (FEOC), el montaje final, los costes de los componentes y la tecnología bajo licencia.

Una batería ensamblada en EE. UU. no cumple automáticamente con la normativa, y una célula fabricada en el extranjero no queda automáticamente prohibida. Deben cumplirse los requisitos específicos de abastecimiento, entidad y tecnología, respaldados por pruebas adecuadas a la adquisición.

Al mismo tiempo, el cumplimiento de la NDAA sigue siendo solo una parte de la adquisición de baterías militares. Las normas de preferencia nacional, las disposiciones sobre entidades restringidas, los materiales especializados, los controles sobre el trabajo forzoso, los requisitos de importación y la cualificación técnica pueden influir en que una batería sea apta y adecuada para un programa de defensa estadounidense concreto.